Objetivo real del «matrimonio» homosexual.

Hoy no está de moda el matrimonio…al menos entre los heterosexuales. ¿Por qué casarse? ¿para qué? Pues depende para quien.

La unión de hombre y mujer conocida como “matrimonio” se fundamenta en un fin muy claro: Perpetuar la especie humana. Tiene un marcado carácter de interés social, que hace que el Estado establezca medidas para proteger esta institución.

Esta unión fértil y complementaria entre el hombre y la mujer, se constituye como condición necesaria y suficiente para hacer del matrimonio una institución única,  célula fundamental del orden social…sin entrar en el matiz sacramental que tiene para los cristianos.

“Matrimonio” homosexual: Homonomio

Al carecer de la característica básica que define y justifica la existencia de la institución matrimonial, el mal llamado “matrimonio homosexual” deja de tener sentido y se convierte en una quimera al servicio de políticos ávidos de votantes y progresistas ansiosos de reventar el orden social existente.

¿Qué hace distinta la convivencia de dos homosexuales a la convivencia de dos amigos o de varios amigos y amigas?

La única diferencia es el “frotamiento genital”, el mantenimiento de relaciones sexuales infértiles. Las uniones homosexuales no pueden ser consideradas de orden social. No tiene sentido otorgarle derechos que otro tipo de convivencia no tienen. ¿Es suficiente el simple hecho de retozar juntos?

El que dos personas vivan juntas no es de interés social, no necesita normas especiales que protejan esta convivencia…incluso aunque se rocen en la intimidad. La complementariedad reproductiva está regulada biológicamente, y solo es posible entre hombre y mujer, no entre personas del mismo sexo. Es ahí donde aparece la necesidad de establecer mecanismos para proteger a los hijos que podrían llegar, ante la posibilidad de que falte alguno de los progenitores. El Estado sí debe tener, en este caso, una responsabilidad subsidiaria sobre los hijos.

¿Podría ser entonces que el interés de los homosexuales en equiparar legalmente su unión con el matrimonio natural se fundamente en los derechos hereditarios? ¿No se discrimina así a otras unidades de convivencia (amigos, comunidades…)? ¿Qué justifica este trato de favor sobre otras unidades de convivencia? ¿No sería suficiente con modificar las leyes hereditarias?

Siempre habrá quien argumente que esta unión infértil puede dejar de serlo mediante la adopción…

Adopción homosexual. ¿Conveniente?

Partamos de la base de que es el niño el que tiene el derecho a ser educado en un ambiente estable y natural, que determinará el desarrollo de su personalidad. No existe el derecho a adoptar; existe la posibilidad de adoptar… si se cumplen los criterios necesarios para no interferir con el derecho inalienable del adoptado a ser educado en un ambiente natural. De hecho, ya el Derecho Romano dejaba claro que adoptar era imitar a la naturaleza, no forzarla, diluirla o intentar cambiarla.

¿Qué pasa en las familias en las que fallece el padre o la madre,  en las familias monoparentales? Estos casos no tergiversan la naturaleza. No es la situación ideal, pero es una situación natural no generada artificialmente. Para quien esté interesado en profundizar en este tema recomiendo los textos de la Doctora Elena Canzi.

“Un  núcleo familiar con dos padres o dos madres es, desde el punto de vista pedagógico y pediátrico, claramente perjudicial para el armónico desarrollo y adaptación social del niño” Asociación Española de Pediatría.

Es de sentido común comprender que el niño va moldeando su personalidad a través de los abundantes inputs que recibe en su vida diaria y aprende por el efecto imitación de los mayores. De ahí la importancia del ejemplo en la educación de los hijos, la importancia de un ambiente familiar estable que posibilite un normal desarrollo de la personalidad.

Por ello, en una sociedad donde hay multitud de parejas heterosexuales que cumplen los requisitos para no lesionar los derechos del adoptado y que siguen en lista de espera, es una barbaridad que adopten parejas homosexuales, donde el ejemplo a imitar está viciado y, empíricamente, hay mayor presencia de promiscuidad y rupturas.

Alguien puede decir: “Pero es mejor que los niños estén en un ambiente cuidado en el que los quieran, que tirados en las calles de países tercermundistas, abandonados a su suerte”. No es un argumento válido, dado que existen más familias naturales deseando adoptar que posibilidad de niños en adopción.

Otro argumento utilizado es que hay familias heterosexuales que maltratan a sus hijos. En este caso, bastaría con retirarles custodia y entregarlos en adopción a una de tantas familias naturales que están en lista de espera.

Si alguien argumenta que es discriminatorio no entregar un niño en adopción a una pareja homosexual, le contestaría que no es más discriminatorio que no entregarlo a una familia heterosexual que no cumpla los requisitos solicitados, o a una comunidad “jipy”, o a una familia polígama.

Conclusión

El “homonomio” usurpa el término “matrimonio” cuando es incapaz de cumplir con la característica esencial de este: La procreación.

El resto de argumentos que aportan se pueden subsanar con una simple modificación de las leyes hereditarias, para lo cual habría que incluir otros tipos de uniones que, de otro modo, quedarían discriminadas.

Probablemente es un paso previo para conseguir que las uniones homosexuales puedan acceder a la adopción, a través de argumentos falaces.

Adoptar no es un derecho. El derecho lo tiene el adoptado y a su interés nos tenemos que plegar, no al de los adoptantes. Derecho a salir de un ambiente hostil, inestable e inadecuado para su desarrollo emocional, para crecer en un ambiente lo más parecido ambiente natural que perdió.

¿No parece todo esto otra estratagema del Nuevo Orden Mundial para ir cumpliendo su agenda? Me temo que sí.

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